ACCION POPULAR
Ante el pedido de indulto a favor del ex
Presidente de la República, Alberto Fujimori Fujimori, el Comité
Ejecutivo Nacional de Acción Popular, expresa a la opinión pública lo
siguiente:
1. Desde su independencia, el Perú es
una República organizada en base al principio democrático de separación
de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Ese principio fue
violado por regímenes autoritarios.
2. En ejercicio de sus atribuciones, el
Poder Judicial ha dictado sentencia condenatoria contra el ciudadano
Fujimori Fujimori, por diversos delitos, entre ellos lesa humanidad y el
de secuestro.
3. El artículo 118º de la Constitución
Política del Perú dispone (inciso 1) que es atribución del Presidente de
la República cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados,
leyes y demás disposiciones legales y (inciso 23) conceder indultos y
conmutar penas. Esa norma está regulada por la Ley 26478, promulgada el
13 de junio de 1995 precisamente por el Presidente Fujimori, que excluye
del indulto el delito de secuestro.
4. Todos los peruanos –incluido el
Presidente de la República- tienen el deber de honrar al Perú y de
proteger los intereses nacionales, así como de respetar, cumplir y
defender la Constitución y el ordenamiento jurídico de la Nación,
conforme al artículo 38º de la Carta Magna. Invocamos al Presidente de
la República seguir con los procedimientos y protocolos especializados
para definir con imparcialidad el estado de salud, del ex-Presidente
Alberto Fujimori Fujimori.
5. Categóricamente rechazamos las
imputaciones infundadas que vienen haciendo en torno al gobierno de
transición del Dr. Valentín Paniagua Corazao. Aclaramos que durante su
gobierno no se liberó a presos por terrorismo, tampoco se conmutaron las
penas, la cumbre terrorista se realizó el 11 de Noviembre y la asunción
al cargo de Presidente de la República se realizó el 22 de Noviembre.
Lima, 11 de octubre de 2012.
Mesías Guevara Amasifuén
Secretario General Nacional
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